Ley de Segunda oportunidad, empezar de nuevo sin deudas. Entrevista Marta Bergadà

Marta Bergadà Especialista en Ley de Segunda Oportunidad

Marta Bergadà es una de las mayores especialistas en Ley de Segunda Oportunidad en España por volumen de casos atendidos y por tasa de éxito. Con ella hemos hablado sobre este tema de tanta actualidad: la Ley de Segunda Oportunidad.

La anterior crisis económica, que fue larga y profunda, empujó a nuestro ordenamiento jurídico a aprobar en 2015 esta ley, de mayor tradición en el mundo anglosajón. La actual crisis provocada por la pandemia del COVID-19 y el subsecuente Estado de Alarma, ha disparado el número de personas —familias— y trabajadores autónomos que se han visto sacudidos por la realidad y dañados irremediablemente en su economía. Lo que antes era prosperidad y trabajo se convierte en deudas y acreedores. Para aliviar su situación y ofrecer una salida está el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad.

¿Qué es la ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo legal, que permite a las personas que se han visto superadas por las deudas, tener la oportunidad de empezar de nuevo, sin deudas. 

Lo que se busca, es el perdón de esas deudas, que no le dejan a uno avanzar de nuevo y que le condenan a vivir siempre en el bucle de la economía sumergida, sin poder regenerarse ni crear de nuevo riqueza. ES como una piedra en el zapato, o una pesada mochila a sus espaldas.

Ese es el espíritu de esa ley, nunca mejor llamada que la de la segunda oportunidad, puesto que si no se apuesta por ello, muchos emprendedores quedan por el camino, y la sociedad se empobrece.

¿Quién puede acogerse?

Pueden acogerse al procedimiento de la ley de la segunda oportunidad, tanto personas consumidoras, como empresarias, como entidades sin personalidad jurídica (como herencias yacientes). Eso sí, han de ser deudores de buena fe.

Marta Bergadà Especialista en Ley de Segunda Oportunidad autónomos

¿Un autónomo puede acogerse o solo un particular?

Un autónomo, si puede acogerse a la ley de la segunda oportunidad y puede incluso librarse de las derivaciones de responsabilidad y avales de una sociedad en la que hubiera sido administrador.

¿Cuánta gente está utilizando la Ley de Segunda Oportunidad?

Por desgracia, menos de la que se esperaba, puesto que estamos a un 10% de las personas que se acogen en otros países. En España, no se ha dado a conocer con suficiente ahínco, lo que impide que las personas puedan acogerse a este mecanismo, y que exista cierto recelo e incredulidad (cada vez menos).

En España, se usa la ley de segunda oportunidad un 10% de lo que se utiliza en otros países. Falta darla a conocer y derribar mitos infundados Clic para tuitear

¿Cómo es el proceso para solicitarla?

El procedimiento consta de dos fases; una extrajudicial y una judicial. A veces concluimos con la primera fase (las mínimas), puesto que deudor y acreedores llegan a un acuerdo extrajudicial de pagos que pasa por homologarse y se cierra provisionalmente hasta el completo cumplimiento el pago acordado a los acreedores, con quitas y esperas. Si no se llega a ese acuerdo, entra en juego la fase judicial y solicitaremos un concurso consecutivo, en el que tras liquidar algunos de los bienes (si se cuenta con ellos), y siempre con excepciones y luchando por conservar lo máximo posible, el juez dictará auto, concediendo el perdón de las deudas o, el famoso BEPI, cuyas siglas son acrónimo de Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho.

Nuestro porcentaje de éxito es del 100%, puesto que cuando cogemos un caso, lo estudiamos a fondo, para que cumpla todos los requisitos que establece la ley de la segunda oportunidad Clic para tuitear

¿Qué podemos conseguir de la Ley de Segunda Oportunidad?

Tras conseguir el BEPI nuestros datos deben ser eliminados de los ficheros de morosidad y de la CIRBE, con lo que nuestro contador de deuda se pone a cero, y podemos emprender de nuevo.

Pueden perdonarse multitud de deudas, pero lo más frecuente es que se eliminen deudas de préstamos personales, tarjetas de crédito, restos de hipotecas de las cuales ya se ha ejecutado su garantía, avales a empresas, avales personales, deudas acreedores etc.

Cada procedimiento es un mundo.


¿Cuántos casos lleva en su despacho?

En este momento Assessoria Juridica Bergadà i Associats, lleva en torno a un centenar de casos en toda la península y en las Islas.

¿Qué porcentaje de éxito consiguen?

Nuestro porcentaje es del 100%, y eso es predecible, puesto que cuando cogemos un caso, lo estudiamos a fondo, para que cumpla todos los requisitos que establece la ley de la segunda oportunidad, para que puedan acogerse a ella y conseguir el perdón de las deudas.

Si nuestro equipo ve que un caso no puede prosperar, simplemente, se busca otra solución, sin que pase por acogerse al procedimiento de la ley de la segunda oportunidad.

¿Qué canales de contacto tienen abiertos para los interesados?

Estamos muy presentes en redes sociales, y contamos dentro de nuestra página web martabergada.com con atención y consultas a través de WhatsApp o citas virtuales, o mediante el teléfono 900595028 de consultas gratuitas.

La entrevista de toma de contacto, siempre es gratuita y tras ella, se decide si es caso puede ser susceptible de acceder al procedimiento.


Pues ya lo sabes. Si te has visto afectado por la crisis y tienes problemas para hacer frente a tus compromisos de pago, no dilates una situación de no retorno. Infórmate y profesionales como Marta Bergadà sabrán poner sus conocimientos a tu servicio para liberarte de esas deudas impagadas tras un estudio de valoración inicial.

Para cualquier interesado:

900 595 028
info@martabergada.com

WhatsApp

2 thoughts on “Ley de Segunda oportunidad, empezar de nuevo sin deudas. Entrevista Marta Bergadà

  1. Hola, estoy muy interesado en acogerme a la Ley de tu Segunda Oportunidad ya que llevo unos años que no puedo afrontar mis gastos. El caso es que tengo una tienda que abrí solicitando el <> del paro. ¿Si me embargaran mis bienes (que no tengo ninguno), entraría también el negocio? Lo digo porque yo tengo una obligación de un tiempo mínimo de mantenimiento del negocio y si me lo quitan tendría un problema con la seguridad social. Gracias.

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